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Delito=sin coche

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Mensaje por monica Vie 7 Ene - 15:44

Cometer un delito no sólo conllevará penas de cárcel, multas o trabajos en beneficio de la comunidad sino también el decomiso del vehículo, según un polémico artículo del Código Penal que acaba de entrar en vigor.

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Un exceso de velocidad superior a 80 kilómetros por hora o la negativa de realizar las pruebas de alcoholemia o de consumo de drogas supone la pérdida del vehículo, aparte del castigo correspondiente. El artículo 385 bis en el que el vehículo se considera instrumento del delito a efectos del comiso y decomiso del mismo, va a traer cola. Esto quiere decir que, cada año, más de 100.000 conductores se quedarán sin vehículo por este motivo. El objetivo inicial de esta medida, hasta ahora sólo prevista para los conductores kamikazes, es anular cualquier ventaja que pudiera obtener el delincuente con el fruto del delito.
Pero existen voces discordantes con la nueva Ley. Para algunos, esta medida resulta desproporcionada cuando se trata de instrumentos que no provienen de un delito, como pudiera ser el caso de delitos de tráfico de drogas o de robos. Desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA), por ejemplo, se insta a un depósito, algo temporal y que permita recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad, en lugar del decomiso.

Desde la Fiscalía de Seguridad Vial, la privación puede tener valor educativo, según Bartolomé Vargas, su titular. Hasta la entrada en vigor del nuevo texto, el juez tenía potestad para elegir si se llevaba a cabo el decomiso o no del vehículo en función de la gravedad y según su criterio. Ahora, tal y como está redactado el artículo 385 bis, van a tener que aplicarlo y en caso de no hacerlo el juez tiene que justificar en la sentencia por qué no lo hace.

Control de drogas, obligatorio
Otra de las grandes novedades de la reforma del Código Penal, es la obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de drogas. Se equipara así este hecho con la negativa a someterse al control de alcoholemia. El castigo es el mismo que en este caso, prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor de un año y un día hasta cuatro años. Es decir, si somos requeridos por la autoridad competente a realizar un test de detección de drogas salivar, debemos hacerlo si no queremos cometer un delito. Es cierto que todavía los sistemas para detectar drogas por la saliva y el sudor ofrecen un número de falsos positivos demasiado elevado en comparación con la precisión de etilómetros y alcoholímetros, por este motivo, si un conductor da positivo en drogas por uno de estos medios, se someterá al análisis de sangre para contrastar.


¿Cuáles son los delitos más frecuentes?
A principios de 2009 había en prisión 200 internos por delitos contra la seguridad vial exclusivamente, mientras el número de reclusos que se encontraban en prisión a mediados de este año era de casi 1.000 –unos 500 más en las cárceles de Cataluña-. Es necesario recordar que no todos los automovilistas que cometen un delito de este tipo acaban en la cárcel, bien porque la pena es inferior a dos años o bien porque el juez decreta trabajos para la comunidad.

1. Conducción sin permiso (35,6 por ciento).
2. Conducción bajo la influencia de alcohol o drogas (28,3 por ciento).
3. Conducción temeraria (23,9 por ciento).
4. Negarse a someterse a una prueba de alcohol o drogas (5,9 por ciento).
5. Conducir con manifiesto desprecio por la vida (4,1 por ciento).
6. Velocidad excesiva (2,6 por ciento).

Principales dudas

Reforma del Código Penal
Para el ciudadano de a pié, la nueva normativa de la reforma del Código Penal puede resultar algo confusa. Po ello, te aclaramos las dudas más frecuentes y te aclaramos cómo quedan las penas de los delitos al volante más frecuentes.
Que pasa si… el coche pertenece a otra persona?
Los vehículos con los que se cometa un delito serán decomisados “a no ser que pertenezcan a un tercero de buena fe no responsable del delito que los haya adquirido legalmente”, según el artículo 127 del Código Penal. No nos quedaremos sin vehículo si, por ejemplo, vamos de copiloto con un conductor que excede los límites de alcohol permitidos por el Código Penal o excede la velocidad permitida por más de 80 km/h.

…le dejamos el coche a alguien sin carné y comete un delito?
Si le hemos dejado el coche a alguien que no tenga permiso de conducir, -bien porque no lo haya obtenido nunca, o porque tenga los puntos retirados, privado cautelar o definitivamente del mismo por decisión judicial, sí nos decomisaran el vehículo. En este caso la ley nos considera coautores del delito.


…cometemos un homicidio imprudente con nuestro vehículo?
Para que nos retiren el coche debemos de cometer un delito doloso, con intención. En el caso del homicidio imprudente no, porque no es intencionadamente. El Juez puede o no aplicarlo, es potestativo. Mientras que en los delitos contra el tráfico sí lo debe aplicar el juez.

Con la Ley de Seguridad Vial, también podemos perder el coche
Por la vía administrativa, la legislación prevé otros motivos por los que podemos quedarnos sin vehículo. Así, la Ley de Seguridad Vial prevé distintos casos en los que La Administración competente en materia de gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos. En todos los casos con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración requerirá al titular advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.

-Cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones.

- Si permanece estacionado por un período superior a un mes en la vía pública -aún en sitio legal-, en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.

- Si no recogemos nuestro vehículo del taller tras una avería o accidente en el plazo de dos meses. En algunos casos se llevará a un centro para su destrucción y reciclaje, pero en otros y según estime la Jefatura de Tráfico o las autoridades locales, si el estado es bueno, se podrá emplear en servicios de vigilancia y control del tráfico, respectivamente en cada ámbito.

Podrán rebajar las penas de prisión
En determinados casos, el juez o el tribunal puede rebajar en un grado la pena de prisión en atención a la menor entidad del riesgo causado y las demás circunstancias del hecho.

Penas rebajadas
Pena actual Pena rebajada
Exceso de velocidad (art. 379) De 3 a 6 meses De 45 a 89 días
Negativa a someterse a realizar la prueba de alcoholemia o consumo de drogas. (art 383) De 6 meses a 1 año De 90 a 179 días
Conducir sin carné con los puntos retirados, o privado cautelar o definitivamente del carné por decisión judicial. (art. 384) De 3 a 6 meses De 45 a 89 días
Colocar en la vía obstáculos derramar sustancias o anular la señalización (art. 385)
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